El auxilio de transporte es el rubro de la nómina que menos atención recibe y uno de los que más veces se liquida mal. En 2026 quedó en $249.095 mensuales, fijado por el Decreto 1470 de 2025, y subió un 24,5 % frente a los $200.000 de 2025. Es más que el salario mínimo, que creció un 23 % hasta $1.750.905 con el Decreto 1469 de 2025.

Si tu empresa tiene colaboradores que ganan hasta dos mínimos, ese cambio ya corre en cada quincena desde enero. La pregunta de octubre, cuando se ajusta el presupuesto del último trimestre y se empieza a proyectar el cierre, es si está corriendo bien. Porque el auxilio tiene un carácter doble que confunde incluso a equipos con experiencia.

El auxilio de transporte no es salario, pero se liquida como si lo fuera para la prima y las cesantías. En ese doble carácter es donde la nómina se equivoca.

Un 2026 con más movimiento del habitual

Este año no fue uno más para la nómina. El 12 de febrero de 2026 la Sección Segunda del Consejo de Estado suspendió provisionalmente el decreto que fijó el salario mínimo, y solo en julio revocó esa decisión y dejó el incremento en firme. Durante cinco meses, muchas empresas pagaron el mínimo nuevo sin saber si quedaría en pie.

El auxilio de transporte se fijó en un decreto aparte, el 1470, y la discusión judicial giró alrededor del 1469, el del salario. Pero el auxilio depende del mínimo en un punto clave: el tope de dos salarios que define quién tiene derecho. Hoy ese tope ya está claro, $3.501.810 de salario mensual, y con él se puede revisar todo el año con tranquilidad.

Lo que sigue son los cuatro frentes donde vale la pena mirar con lupa: el tope, la base de prestaciones, los días que no se pagan y el trabajo en casa.

Quién tiene derecho y dónde falla el cálculo

La regla base viene de la Ley 15 de 1959: el auxilio lo recibe quien devenga hasta dos salarios mínimos y necesita desplazarse para llegar al trabajo. El primer error de nómina está en cómo se mide ese tope. Cuenta solo el salario de la jornada ordinaria: las horas extras, los dominicales y los festivos quedan por fuera del cálculo, así que un colaborador que supera los $3.501.810 por recargos conserva el derecho.

El segundo error es menos visible y duele más al colaborador. Un aumento que lleva a alguien apenas por encima del tope le quita los $249.095 completos, y puede dejarlo con menos ingreso del que tenía antes de subirle el salario. Vale la pena revisar cada ajuste salarial de 2026 en esa franja, sobre todo los que se hicieron en enero por el efecto del mínimo sobre la estructura, un tema que ya vimos al analizar el aumento del salario mínimo.

Hay un tercer punto: el auxilio se paga por los días en que hubo desplazamiento. No se causa en vacaciones, incapacidades ni licencia de maternidad, y se liquida proporcionalmente sobre un mes de 30 días. Tampoco aplica cuando la empresa suministra el transporte de manera completa, criterio que la Corte Suprema precisó en la sentencia SL4267 de 2022.

Base de prima y cesantías, pero no de seguridad social

Aquí está el doble carácter. El artículo 7 de la Ley 1 de 1963 dice que el auxilio se considera incorporado al salario "para todos los efectos de liquidación de prestaciones sociales". Por eso entra en la base de la prima de servicios y de las cesantías, con sus intereses. No entra en la base de vacaciones ni en la de indemnizaciones.

Al mismo tiempo, no constituye salario, y por eso queda fuera del ingreso base de cotización a salud, pensión y riesgos laborales, y de los aportes parafiscales. Una nómina que lo incluye en el IBC paga de más cada mes. Una que lo deja fuera de la prima de diciembre y de las cesantías del cierre paga de menos, y ese faltante aparece en la liquidación de cada contrato que termine.

El aumento del 24,5 % hace que esta revisión pese más en 2026. La segunda cuota de la prima y las cesantías que se consolidan al cierre del año se liquidan con el auxilio nuevo en la base. Si el parámetro quedó en $200.000 en algún módulo del sistema, la diferencia se multiplica por cada colaborador con derecho.

Trabajo en casa: el auxilio cambia de nombre

La Ley 2088 de 2021 reguló el trabajo en casa, la modalidad ocasional que muchas empresas siguen usando por temporadas. Para quien devenga hasta dos mínimos, el auxilio de transporte se reconoce como auxilio de conectividad digital mientras dure esa modalidad, y los dos no son acumulables. El trabajo en casa puede extenderse hasta tres meses, prorrogables por un periodo igual.

En la práctica aparecen dos errores opuestos. Pagar los dos auxilios a la vez, por no cambiar el concepto en el sistema. O no pagar ninguno, con el argumento de que el colaborador no se desplaza. La norma es clara: el valor se mantiene, cambia el nombre y la destinación. El teletrabajo formal se rige por otra norma y merece su propia revisión.

Lo que el auxilio no resuelve

El propio Decreto 1470 describe el auxilio como un apoyo para cubrir parcialmente el costo del desplazamiento. Es una cifra única para todo el país, sin importar si el colaborador cruza Bogotá en dos buses o camina diez cuadras en Manizales. Cumplirlo bien es obligatorio; pero cumplirlo bien no resuelve el costo real de moverse para quien lo paga de su bolsillo cada día.

Por encima del auxilio legal, una empresa puede diseñar un beneficio de movilidad como pago no salarial bajo el artículo 128 del CST, con pacto expreso de no salarialidad y dentro de los límites que revisa la UGPP. Ya explicamos las diferencias entre los dos en auxilio de transporte vs. beneficio de movilidad. La condición es que el beneficio quede separado del salario, documentado y con registro de uso; de lo contrario, en una fiscalización se lee como salario, como ocurre con los beneficios mal estructurados que la UGPP reclasifica.

Ahí es donde Bink entra en la conversación. El auxilio legal sigue en la nómina, porque es una obligación y no la reemplaza nada. El beneficio de movilidad vive en un bolsillo dentro de la tarjeta y la app: la empresa asigna el monto, el colaborador lo usa en transporte público, aplicaciones de movilidad o combustible según su realidad, y RRHH ve el consumo desde el portal. Cada peso queda trazado, con el pacto y el registro listos para responder ante una auditoría. Y el colaborador siente la diferencia en el mes: lo que la nómina cumple por ley, más lo que la empresa decide dar porque entiende cómo llega cada persona al trabajo.

La revisión de octubre

Antes de que diciembre traiga la prima y el cierre de cesantías, esta es la lista corta para el equipo de nómina:

Si al recorrer esa lista aparece más de un "no estoy seguro", la revisión no puede esperar a enero. ¿Tu nómina sabe hoy, colaborador por colaborador, cuánto auxilio pagó en 2026 y sobre qué base va a liquidar la prima de diciembre?